Todos conocemos dentro de
nuestra familia, amigos, vecinos, etc., a personas mayores, es decir, personas
de 65 años de edad en adelante. Los que todavía no somos personas mayores o de
la tercera edad, ya quisiéramos tener asegurado que llegaremos a serlo.
Por eso, el simple hecho de ser una persona mayor, ya es un privilegio que
constata más tiempo de vida, con el consecuente cúmulo de experiencias y
de sabiduría que suponen vivir más.
Pero no se trata sólo de
vivir más, sino de vivir mejor. Las personas ancianas (que tienen 80 o más años
de edad), cada vez son más numerosas. Hasta hace poco tiempo, la longevidad era
algo extraordinario, ahora es algo normal. Hoy, es común ver personas de más de
80 años muy activas, llenas de ilusión y de ganas de vivir más tiempo y
aprovecharlo mejor. Tienen inquietudes culturales, sociales, tecnológicas y
hasta deportivas y, por qué no, afectivas también.
Según el Departamento de
asuntos sociales y económicos de la Organización de Naciones Unidas, uno de
cada diez habitantes del planeta tiene ahora sesenta y cinco años de edad o
más. Es un sector amplio de la humanidad.
Ser anciano o ser mayor,
es una etapa más en la vida y debe asumirse con la misma tranquilidad con la
que se asume la infancia, la adolescencia, la juventud, la madurez, cada una
con sus respectivas dificultades.
Los Gobiernos tienden a
poner en marcha mejores y más desarrollados sistemas de asistencia para las
personas mayores, como seguridad social o atención médica gratuita o de precio
reducido, programas culturales y de esparcimiento apropiados, centros de
personas para la tercera edad, residencias, leyes de dependencia para cuidar de
sus mayores enfermos, etc.
Los derechos de
protección, participación e imagen de las personas mayores deben ser una
prioridad de las autoridades para cuidar su particular vulnerabilidad, la cual
no debe confundirse con proyectar una imagen distorsionada de los mayores como
personas decrépitas o con pocas posibilidades de futuro.
En la Declaración
Universal de Derechos Humanos (artículo 25, párrafo 1), se establece que:
“Todas las personas tienen derecho a un nivel de vida adecuado para la salud y
el bienestar propio y de su familia, incluyendo comida, ropa, hogar y atención
médica y servicios sociales necesarios, y el derecho a la seguridad en caso de
desempleo, enfermedad, discapacidad, viudez, edad avanzada o cualquier otra
carencia en circunstancias ajenas a su voluntad”.
Las personas mayores
tienen derecho a no ser discriminadas por su edad, ni a ser consideradas
“inútiles” o “improductivas” en la sociedad ni, mucho menos, en su entorno
familiar. Al contrario, pueden aportar mucho más de lo que creemos si contamos
más con ellas. Debemos darles, por lo menos, las mismas oportunidades,
beneficios y privilegios de los demás miembros de la sociedad y de la familia
y, al mismo tiempo, debemos brindarles más comprensión, paciencia y cariño. Es
inconcebible que pueda haber sociedades, instituciones o familiares que
“maltratan” o ignoran a sus ancianos. ¡Nunca debe permitirse esto!
La persona mayor, ya sea
hombre o mujer, como cualquier otra persona, tiene derecho a no padecer trato
cruel, ni abandono, ni abuso psicológico o físico.
Las personas mayores
tienen un gran valor para la sociedad en general y, particularmente, para las
jóvenes generaciones. Es reconfortante constatar que en algunas tribus
indígenas “supuestamente incivilizadas”, las personas mayores son las que
componen las asambleas de sabios o de consejeros y todas las decisiones
importantes pasan por su experimentado criterio y sabiduría, que sólo el paso
de los años puede dar. Las sociedades “civilizadas” podríamos aprender de esas
sociedades primigenias que tienen en gran estima a sus mayores y cuentan con
ellas efectivamente, involucrándolas activamente en la proyección de una
sociedad mejor.
En nuestra sociedad
civilizada las personas mayores tienen que ser sujetos activos, no meros
espectadores pasivos. No sería mala idea que los Gobiernos tuviesen como
asesores a personas mayores a quienes escuchar para la solución de sus grandes
problemas. Probablemente, encontrarían mejores y más sencillas soluciones.
Las personas mayores no
sólo tienen derecho a la plena protección social, sino también a vivir
libremente y a conservar su independencia tanto tiempo como deseen o sean
capaces de hacerlo y a que se les respete su intimidad.
Ser mayor implica
capacidad para elegir donde vivir. Algunas veces la familia, creyendo que le
hace un bien a la persona mayor, la quiere sacar de su casa porque es muy
grande, le quieren cambiar sus muebles porque están viejos, olvidando que su
mejor sitio es su “hábitat”, ese lugar donde está su vida, sus recuerdos y
donde “se mueve como pez en el agua”. Elderecho a decidir dónde vivir es inalienable a todas las
personas, salvo que tengan que ser debidamente internadas por total
incapacidad mental.
Ningún anciano(a) debería
ser obligado a ingresar en un centro geriátrico o residencia de la tercera
edad, sin contar con autorización judicial o el expreso consentimiento de la
propia persona que es ingresada.
Actualmente existen varias
Organizaciones No Gubernamentales a nivel nacional e internacional que
realizan un trabajo de defensa y planificación para las personas mayores,
especialmente asociaciones médicas que se comprometen, entre otras cosas,
a impedir el abuso hacia sus pacientes más ancianos y a avisar de casos en los
que se sospeche de abuso físico y psicológico a las autoridades pertinentes.
Son muchos los médicos
que, por ejemplo, ante la enfermedad del Alzheimer, ofrecen soluciones para
tratar correctamente a personas con patologías neurodegenerativas, evitando el
uso de sujeciones físicas o químicas.
La Asamblea General de las
Naciones Unidas aprobó los siguientes Principios en Favor de las Personas
Mayores o de la Tercera Edad:
1. Tener acceso a
alimentación, agua, vivienda, vestuario y atención de salud adecuados.
2. Tener la oportunidad de
trabajar o de tener acceso a otras oportunidades de obtener ingresos.
3. Poder participar en la
determinación de cuándo y en qué medida dejarán de desempeñar actividades
laborales.
4. Tener acceso a
programas educativos y de capacitación adecuados.
5. Tener la posibilidad de
vivir en entornos seguros y adaptables a sus preferencias personales y a los
cambios de sus capacidades.
6. Poder residir en su
propio domicilio por tanto tiempo como sea posible.
7. Permanecer integradas
en la sociedad, participar activamente en la formulación y la aplicación de las
políticas que afectan directamente su bienestar y poder compartir sus
conocimientos con las generaciones más jóvenes.
8. Poder buscar y
aprovechar oportunidades de prestar servicio a la comunidad y de trabajar como
voluntarios en puestos apropiados a sus intereses y capacidades.
9. Poder formar grupos o
asociaciones.
10. Poder disfrutar de los
cuidados y la protección de la familia y la comunidad de conformidad con el
sistema de valores culturales de cada sociedad.
11. Tener acceso a
servicios de atención de salud que les ayuden a mantener o recuperar un nivel
óptimo de bienestar físico, mental y emocional, así como a prevenir o retrasar
la aparición de enfermedades.
12. Tener acceso a
servicios sociales y jurídicos que les aseguren mayores niveles de autonomía,
protección y cuidado.
13. Tener acceso a medios
apropiados de atención institucional que les proporcionen protección,
rehabilitación y estímulo social y mental en un entorno humanitario y seguro.
14. Poder disfrutar de sus
derechos humanos y libertades fundamentales cuando residan en hogares o
instituciones donde se les brinden cuidados o tratamiento, con pleno respeto de
su dignidad, creencias, necesidades e intimidad, así como de su derecho a
adoptar decisiones sobre su cuidado y sobre la calidad de su vida.
15. Poder aprovechar las
oportunidades para desarrollar plenamente su potencial.
16. Tener acceso a los
recursos educativos, culturales, espirituales y recreativos.
17. Poder vivir con
dignidad y seguridad y verse libres de explotaciones y de maltrato físico o
mental.
18. Recibir un trato
digno, independientemente de su edad, sexo, etnia, discapacidad u otras
condiciones, y han de ser valoradas independientemente de su contribución
económica.
“Es curioso que todos
deseamos llegar a viejos y, cuando llegamos, nos quejamos de ser
viejos”, opinan algunos abuelos. Ser mayor no es sinónimo de ser persona incapaz, a la que deba tutelarse en todos los casos. Ser mayor
es una etapa más en la vida.
No hay que asustarse, sino
prepararse, para asimilar tanto personalmente como familiarmente, que la edad
avanzada u otros factores pueden hacer que algunos de nuestros mayores se
conviertan en personas dependientes. La dependencia es un estado
permanente en el que las personas, por razones de edad, enfermedad o discapacidad,
unidas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o
sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o de ayudas
importantes para realizar las actividades básicas de la vida diaria o, en el
caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros
apoyos para su autonomía personal.
A partir de 2011, en
España, el baremo de valoración para establecer los grados y niveles de la
dependencia, son tres:
“Grado I. Dependencia
moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades
básicas de la vida diaria al menos una vez al día, o cuando tiene necesidades
de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
Grado II. Dependencia severa:
cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la
vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un
cuidador, o cuando tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía
personal.
Grado III. Gran dependencia:
cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la
vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física,
mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de
otra persona o cuando tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía
personal”.
La legislación española
sobre las personas mayores es abundante. Tenemos no sólo la Declaración
Universal de Derechos Humanos, sino que también tenemos derechos
constitucionales, derechos civiles, derechos penales, derechos de seguridad
social, derechos de pensiones, derechos sanitarios para su protección.
Por falta de leyes no hay
que preocuparse, sino de que realmente se apliquen. Lo que no podemos permitir
es que ante situaciones económicas o sociales difíciles y cambiantes, nuestros
mayores vean restringidos sus derechos, garantías y libertades.
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